Habilitan la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos para civiles: qué cambia para los legítimos usuarios

La nueva resolución publicada en el Boletín Oficial permite que tiradores deportivos y entidades habilitadas puedan acceder a fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, bajo requisitos estrictos de seguridad y control por parte del RENAR.

El Gobierno nacional oficializó una medida largamente esperada por parte de la comunidad de tiro: la habilitación para que los legítimos usuarios civiles puedan adquirir y registrar fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, algo que hasta ahora estaba restringido.

La disposición, formalizada mediante la Resolución 37/2025 del RENAR y publicada en el Boletín Oficial del 4 de noviembre, reemplaza la norma que prohibía este tipo de armas y establece un nuevo sistema de permisos y fiscalización a cargo del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad.

Según el texto, la medida busca sustituir la prohibición previa por un modelo de control más preciso, enfocado en la trazabilidad, la justificación deportiva y el almacenamiento seguro del material.

Qué cambia

Hasta ahora, los usuarios civiles solo podían acceder a armas de uso civil o civil condicional de menor potencia. Con la nueva resolución, se amplía la categoría para incluir fusiles, carabinas y subametralladoras semiautomáticas derivadas de modelos militares, siempre que sean alimentadas por cargadores extraíbles y de calibre superior al .22 LR.

Estas armas podrán ser utilizadas exclusivamente en el marco deportivo, por entidades de tiro habilitadas y usuarios con trayectoria comprobada en la actividad.

Ejemplos de armas que podrán ser habilitadas

Con esta nueva resolución, pasarán a estar habilitados —bajo condiciones específicas y solo en versión semiautomática— modelos de armamento antes reservados a fuerzas de seguridad o uso militar. Entre ellos se destacan:

  • AR-15: fusil semiautomático de origen estadounidense, muy usado en disciplinas como tiro práctico y 3-Gun. Calibre .223 Rem / 5.56 mm, con cargador desmontable.
  • AK-47 (versión civil semiautomática): derivado del clásico fusil soviético, en calibre 7.62 x 39 mm. Apto para uso deportivo, con estricto control.
  • M14 / M1A: fusil semiautomático en calibre 7.62 NATO, utilizado en modalidades de precisión o fusil histórico.
  • M1 Garand: fusil semiautomático histórico (.30-06), sin cargador desmontable pero apto en ciertas disciplinas de colección o tiro militar, sujeto a interpretación normativa.

Cuáles son los requisitos principales para la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos

Todas las armas deben mantenerse en modo semiautomático y su tenencia estará limitada al uso deportivo en condiciones controladas. La modificación para disparo automático está expresamente prohibida.

El permiso especial establece condiciones específicas que deberán cumplir los solicitantes:

  • Ser legítimo usuario con al menos 5 años de antigüedad en la categoría “uso civil condicional”.
  • Acreditar el uso deportivo del arma, mediante:
    • Certificación de entidad de tiro con instalaciones propias, o
    • Representación en torneos nacionales o internacionales, o
    • Solicitud institucional de un club habilitado.
  • Contar con un sistema de guarda tipo G2 (espacio o caja fuerte aprobada por RENAR).
  • Presentar una declaración jurada y documentación probatoria, incluyendo fotografías y descripción del arma (marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie).
  • Abonar la tasa correspondiente al trámite de “Tenencia Exprés” y a la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
  • No tener sanciones ni trámites pendientes ante el RENAR.

Cada solicitud será evaluada de forma individual por la autoridad de control.

AR-15 Un rifle o fusil semiautomático liviano, accionado por gas y alimentado por cargador.
El AR-15 de Colt, un ejemplo de fusil semiautomático al que se podrá acceder con la nueva regulación del RENAR.

Marco legal y antecedentes

Si bien la resolución generó debate político en torno a la política de armas, en el sector deportivo fue recibida como una actualización necesaria del marco legal, alineada con los estándares de control y registro vigentes en otros países.

Desde distintos clubes y asociaciones se destacó que la medida no amplía el acceso general a las armas, sino que regula con mayor precisión un segmento de uso deportivo altamente fiscalizado.

Para los tiradores, la habilitación marca un paso importante en la evolución del marco regulatorio argentino: por primera vez, el acceso a fusiles semiautomáticos se rige por criterios de experiencia, formación y trazabilidad, fortaleciendo la práctica deportiva responsable y el control institucional.

Contenidos del Artículo

El RENAR habilitó a legítimos usuarios y entidades de tiro a registrar fusiles semiautomáticos de uso civil condicional bajo requisitos estrictos.
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Luciano Stupenengo
Instructor ANMaC ITA. Socio de Green Fenix.
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